DGT: Autorizaciones para conjuntos euromodulares (megacamiones)


Se considera conjunto euromodular a aquel conjunto de vehículos de más de seis líneas de eje, compuesto por módulos que individualmente, incluida la carga portada por cada uno, no superan los valores máximos de masas y dimensiones establecidos en el anexo IX del Reglamento General de Vehículos para vehículos a motor, remolques o semirremolques.

Los conjuntos euromodulares pueden alcanzar como valores máximos de conjunto los 25,25 metros de longitud y 60 toneladas. En ningún caso podrán superar los valores máximos de masa por eje establecidos para cada eje, según su tipo.

Para circular por vías de uso público, abiertas al tráfico general de usuarios, los conjuntos euromodulares necesitan una autorización que podrás pedir a la autoridad competente en materia de tráfico y seguridad vial.

La autorización permitirá circular por determinados tramos de carreteras (autopistas y autovías preferentemente), durante el período de tiempo establecido.

Las autoridades competentes a las que debes solicitar la autorización, en función del territorio por donde vaya a circular, serán:

  • Dirección de Tráfico del Gobierno Vasco, para circular por carreteras del País Vasco.
  • Servei Català de Trànsit de la Generalitat de Cataluña para circular por carreteras de Cataluña.
  • Dirección General de Tráfico del Ministerio de Interior para circular por el resto de carreteras que no discurran por País Vasco o Cataluña.