La inscripción de modificaciones societarias en el Registro Mercantil es un trámite obligatorio mediante el cual una sociedad (por ejemplo, una S.A., S.R.L., etc.) formaliza ante el Registro los cambios que se producen en su estructura, estatutos o datos relevantes.
¿Qué son las modificaciones societarias?
Son cambios en los datos esenciales o en los estatutos sociales de una empresa ya inscrita.
Estos cambios deben acordarse por los órganos competentes (normalmente la junta general de socios o accionistas) y documentarse en escritura pública para su posterior inscripción en el Registro Mercantil.
Tipos más comunes de modificaciones
Algunos ejemplos de modificaciones que requieren inscripción son:
Tipo de modificación | Ejemplo o detalle |
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Cambio de denominación social | Nueva razón o nombre de la sociedad. |
Cambio de domicilio social | Traslado dentro o fuera del mismo municipio o provincia. |
Cambio del objeto social | Modificación o ampliación de las actividades de la empresa. |
Ampliación o reducción de capital social | Aumento mediante aportaciones o compensación de créditos; reducción por pérdidas o devolución de aportes. |
Cambio en la forma jurídica | Transformación de S.L. a S.A., por ejemplo. |
Sustitución o modificación de administradores | Nombramiento o cese de administradores, consejeros o apoderados. |
Modificación de estatutos | Cualquier otra variación del contenido estatutario (por ejemplo, duración, estructura del órgano de administración, derechos de voto, etc.). |
Fusión, escisión o disolución | Operaciones de reestructuración o liquidación. |
Efectos de la inscripción
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Oponibilidad frente a terceros: las modificaciones no inscritas no pueden hacerse valer frente a terceros de buena fe.
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Publicidad legal: mediante la publicación en el BORME.
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Validez y actualización jurídica de la sociedad en su nueva situación.
Procedimiento de inscripción
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Aprobación del acuerdo por la Junta General (según el tipo de modificación y mayoría exigida por ley o estatutos).
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Elevación a escritura pública ante notario.
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Liquidación de impuestos (en su caso).
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Presentación en el Registro Mercantil del domicilio social, acompañando la escritura y la documentación anexa.
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Calificación registral (el Registrador revisa la legalidad formal del acto).
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Inscripción y publicación en el BORME (Boletín Oficial del Registro Mercantil).
Plazos
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La escritura debe presentarse en el Registro en el plazo de 1 mes desde su otorgamiento (art. 31 del Reglamento del Registro Mercantil).
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La inscripción se practica una vez que el Registrador haya calificado positivamente la documentación.
Coste de la inscripción en el Registro Mercantil
El coste total de la inscripción en el Registro Mercantil es 665,50€.
Documentos necesarios para la inscripción en el Registro Mercantil
Se requiere:
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Certificación del acuerdo de la junta o del órgano competente.
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Escritura pública otorgada ante notario (obligatoria para la mayoría de las modificaciones). La escritura o documento notarial debe tener código CSV, si el documento no dispone de dicho código CSV pídalo en la Notaría.
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Certificación negativa de denominación social (solo si cambia el nombre).
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Certificación bancaria o informe del auditor (si hay modificación del capital).
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Declaración censal o comunicación a Hacienda (en algunos casos).
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Pago del impuesto sobre operaciones societarias (modelo 600 o exención, según el caso). Documento, carta de pago o justificante de liquidación de impuestos que ha pagado.
Solicitud e inscripción en el Registro
- Recopile la documentación indicada.
- Una vez tenga toda la documentación, realice la solicitud y el pago que hay a continuación.
- Cuando recibamos la solicitud con la documentación, se procederá a realizar la inscripción en el Registro Mercantil.
- Una vez terminada la inscripción se lo notificaremos.
Para solicitar la inscripción en el Registro Mercantil rellene el siguiente formulario: