Inscripción de sociedad en el Registro Mercantil


La inscripción de una sociedad en el Registro Mercantil es el paso final del proceso de constitución de una empresa con personalidad jurídica propia (S.L., S.A., S. Com., S. Coop., etc.).

A través de esta inscripción, la sociedad adquiere plena personalidad jurídica y comienza a existir legalmente.


¿Qué es la inscripción en el Registro Mercantil?

Es el acto por el cual se inscriben en el Registro Mercantil los documentos constitutivos de una sociedad, dándole publicidad y efectos legales frente a terceros.

  • Sin inscripción, la sociedad solo tiene la condición de sociedad en formación o sociedad irregular, sin personalidad jurídica plena.
  • La Ley de Sociedades de Capital (LSC) y el Reglamento del Registro Mercantil (RRM) establecen que la inscripción es obligatoria y constitutiva.

Fundamento legal:

  • Art. 119 y 120 del Reglamento del Registro Mercantil.
  • Art. 33 y 35 de la Ley de Sociedades de Capital (Real Decreto Legislativo 1/2010).

Empresas que se inscriben en el Registro Mercantil

Es obligatoria la inscripción en el Registro Mercantil de los siguientes sujetos:

  1. El naviero empresario individual.
  2. Las sociedades mercantiles.
  3. Las sociedades de garantía recíproca.
  4. Las cooperativas de crédito, las mutuas y cooperativas de seguros y las mutualidades de previsión social.
  5. Las sociedades de inversión colectiva.
  6. Las agrupaciones de interés económico.
  7. Las cajas de ahorro.
  8. Los fondos de inversión.
  9. Los fondos de pensiones.
  10. Las sucursales de cualquiera de los sujetos anteriormente indicados.
  11. Las sucursales de sociedades extranjeras y de otras entidades extranjeras con personalidad jurídica y fin lucrativo.
  12. Las sociedades extranjeras que trasladen su domicilio a territorio español.
  13. Las demás personas o entidades que establezcan las Leyes.

Podrán también inscribirse las sociedades civiles, cualquiera que sea su objeto, aunque no tengan forma mercantil.


Efectos de la inscripción

Efecto Descripción
Personalidad jurídica La sociedad adquiere plena personalidad y capacidad legal.
Publicidad legal Los datos de la sociedad quedan accesibles al público (denominación, objeto, administradores, etc.).
Oponibilidad a terceros Los actos y estatutos inscritos se presumen válidos y oponibles frente a terceros.
Inicio de actividad jurídica Puede contratar, abrir cuentas, emitir facturas, contratar empleados, etc.
Seguridad jurídica Se fija el régimen legal y estatutario aplicable.

Observaciones importantes

  • Antes de la inscripción, la sociedad es una sociedad en formación: puede operar, pero los socios responden solidariamente.

  • Si no se inscribe en el plazo de 1 año desde el otorgamiento de la escritura, pasa a ser sociedad irregular (art. 39 LSC).

  • Los administradores deben aceptar su cargo para que el nombramiento sea válido e inscribible.

  • La fecha de inscripción marca el inicio oficial de la personalidad jurídica.


Procedimiento de inscripción paso a paso

  1. Reserva del nombre: Solicitar en el Registro Mercantil Central una certificación negativa de denominación social (válida por 6 meses, renovable).
  2. Otorgamiento de escritura pública: Los socios comparecen ante notario y otorgan la escritura de constitución, incorporando los estatutos y nombramientos.
  3. Liquidación de impuestos: Aunque la constitución está exenta de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, se presenta el modelo 600 marcando “exento”.
  4. Presentación en el Registro Mercantil: Se presenta la escritura original o copia autorizada junto con la documentación anexa.
  5. Calificación e inscripción: El Registrador Mercantil examina la legalidad del acto y, si todo está correcto, inscribe la sociedad.
  6. Publicación en el BORME: El Registro publica un anuncio oficial en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) con los datos esenciales de la sociedad.

Plazos

Actuación Plazo
Presentación de la escritura en el Registro Dentro del mes siguiente a su otorgamiento (art. 31 RRM).
Calificación registral Máximo 15 días hábiles (art. 18 CCom).
Publicación en el BORME Inmediata tras la inscripción.

Documentos necesarios para la inscripción

Para inscribir la sociedad en el Registro Mercantil se debe presentar:

  1. Escritura pública de constitución con código CSV de verificación (si el documento no dispone de código CSV pídalo en la Notaría). La Escritura debe contener la siguiente información:

    • Identidad de los socios fundadores.

    • Voluntad de constituir una sociedad.

    • Aportaciones de cada socio (en dinero o especie).

    • Estatutos sociales.

    • Nombramiento de los administradores y su aceptación.

    • Manifestación de que no existe prohibición ni incompatibilidad.

    • Domicilio social, objeto y duración.

  2. Certificación negativa de denominación social, expedida por el Registro Mercantil Central.

    • Acredita que el nombre elegido no coincide con otro ya inscrito.

  3. Justificante del desembolso del capital social (si hay aportación dineraria).

    • Normalmente, certificado del banco donde se depositó el capital.

  4. Declaración de inversión extranjera, si hay socios extranjeros (modelo D-1A).

  5. Justificante de pago del Impuesto sobre Operaciones Societarias (modelo 600), aunque las constituciones están exentas (Ley 3/2020).


Coste de la inscripción en el Registro

El coste total de la inscripción en el Registro Mercantil es 665,50€.


Documentos necesarios para la inscripción en el Registro Mercantil

  • Escritura o documento notarial con código CSV (si el documento no dispone de código CSV pídalo en la Notaría).
  • Documento o justificante de liquidación de impuestos que ha pagado.

Solicitud e inscripción en el Registro

  1. Recopile la documentación indicada.
  2. Una vez tenga toda la documentación, realice la solicitud y el pago que hay a continuación.
  3. Cuando recibamos la solicitud con la documentación, se procederá a realizar la inscripción en el Registro Mercantil.
  4. Una vez terminada la inscripción se lo notificaremos.

Para solicitar la inscripción en el Registro Mercantil rellene el siguiente formulario:

Datos de la empresa sobre la que se solicita la inscripción

Suelta archivos aquí o
Tamaño máximo de archivo: 64 MB.

    Datos del solicitante de la inscripción