La inscripción de la compraventa de un inmueble en el Registro de la Propiedad es el acto por el cual se hace constar oficialmente quién es el nuevo propietario de una finca (vivienda, local, solar, finca rústica, etc.) tras una operación de compraventa.
Aunque en España la compraventa es válida desde la firma de la escritura pública ante notario, la plena seguridad jurídica solo se obtiene con la inscripción en el Registro, porque es lo que da publicidad frente a terceros y protege al comprador.
La inscripción de una compraventa en el Registro de la Propiedad es imprescindible para que el comprador sea reconocido como titular registral protegido, con todos los efectos de la seguridad jurídica inmobiliaria en España.
Requisitos para inscribir una compraventa
Otorgamiento de escritura pública de compraventa:
- Ante notario, con comparecencia de vendedor y comprador.
- Debe contener: identificación de las partes, descripción de la finca, precio, forma de pago, cargas si las hubiera y código CSV.
Pago de impuestos (según el caso):
- ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas) → si la venta es de segunda mano.
- IVA + AJD (Actos Jurídicos Documentados) → si la venta es de vivienda nueva del promotor.
Presentación en el Registro de la Propiedad correspondiente a la ubicación del inmueble:
-
Personalmente o por gestoría.
¿Cómo se inscribe una compraventa en el Registro de la Propiedad?
Para inscribir la compraventa de un inmueble en el Registro de la Propiedad hay que seguir tres pasos:
- Vendedor y comprador acudirán a Notaría para otorgar escritura pública de compraventa. Las partes pueden elegir libremente el Notario al que acudir.
- Se liquidan los impuestos correspondientes (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados o Impuesto sobre el Valor Añadido) según proceda y se presenta en los servicios competentes de las CCAA o en las Oficinas Liquidadoras de los Registros de la Propiedad.
- Se presenta toda la documentación en el Registro de la Propiedad. El Registro de la Propiedad tiene quince días hábiles para calificar e inscribir, siempre y cuando la documentación presentada resulte correcta.
Costes totales aproximados
- Notaría: depende del precio de la compraventa (aprox. 0,2 – 0,5 %).
- Impuestos: varían según comunidad autónoma y tipo de inmueble (ITP entre 6 – 10 %, AJD 0,5 – 1,5 %).
- Registro de la Propiedad: aranceles según valor del inmueble (entre 200 y 600 €).
Costes de la inscripción en el Registro de la Propiedad
El coste de la inscripción en el Registro de la Propiedad varía dependiendo del valor del inmueble a inscribir:
- Valor del inmueble menor de 6.000€: Coste inscripción 224€.
- Valor del inmueble entre 6.000€ y 30.000€: Coste inscripción 266€.
- Valor del inmueble entre 30.000€ y 60.000€: Coste inscripción 303€.
- Valor del inmueble entre 60.000€ y 150.000€: Coste inscripción 371€.
- Valor del inmueble entre 150.000€ y 600.000€: Coste inscripción 506€.
- Valor del inmueble mayor de 600.000€: Coste inscripción 586€.
Documentación necesaria
Para inscribir la compraventa de un inmueble en el Registro de la Propiedad se requieren tres documentos:
- Escritura o documento notarial con código CSV que informe de la inscripción (si el documento no dispone de código CSV pídalo en la Notaría).
- El Impreso de Autoliquidación que justifique el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales correspondiente a su comunidad autónoma.
- Justificante del pago de impuestos (ITP o IVA+AJD).
- Justificante de haber presentado la liquidación en Hacienda autonómica.
- La justificación de haber presentado el documento para el pago de la plusvalía municipal.
- En algunos casos: certificado de estar al corriente de IBI y de comunidad de propietarios.
Proceso de inscripción en el Registro
- Recopile la documentación indicada.
- Una vez tenga toda la documentación, realice la solicitud y el pago que hay a continuación.
- Cuando recibamos la solicitud con la documentación, se procederá a realizar el cambio de titular del inmueble en el Registro de la Propiedad.