Registro de la Propiedad de Gavà


Toda la información sobre el Registro de la Propiedad de Gavà, realizar trámites y gestiones, obtener nota simple, inscripciones de inmuebles, datos de contacto, dirección, teléfono, horario…

Trámites con el Registro de la Propiedad de Gavà:

Seleccione el documento que necesita y solicítelo rellenando el formulario sin necesidad de desplazarse hasta el Registro de la Propiedad de Gavà para solicitarlo ni recogerlo.

Nota simple de bien inmueble

Nota de localización de propiedades

Certificado de bien inmueble

Contacto con el Registro de la Propiedad de Gavà:

  • Calle Les Moreres, nùmero 4, Local
  • Código postal 08850
  • Población Gavà (Barcelona)
  • Tel: 93 638 34 31
  • Fax: 93 638 16 71

Horario:

El horario del Registro de la Propiedad de Gavà es de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas.


¿Qué es el Registro de la Propiedad de Gavà?

El Registro de la Propiedad de Gavà es un registro donde se inscriben los bienes inmuebles que hay en su circunscripción y los derechos y las cargas fiscales que pesan sobre ellos.

El Registro de la Propiedad es una institución del Estado, un servicio público dependiente del Ministerio de Justicia que da respuesta a la necesidad de seguridad en el ámbito del mercado inmobiliario.

En España no es obligatorio inscribir las propiedades para que sean legalmente de su titular (salvo en el caso de las hipotecas que se deben registrar obligatoriamente); no es necesario, por ejemplo, que un local o vivienda aparezca en el Registro para formalizar un contrato de compra venta.

El Registro no concede la titularidad legal de un inmueble, pero sí la hace pública. Es decir, si eres propietario de un local, una finca o vivienda y te inscribes como tal en el Registro te ahorrarás tiempo y trámites a la hora, por ejemplo, de venderla.

En el Registro de la Propiedad no sólo se inscribe el inmueble y el nombre de su dueño, también los derechos y las cargas que recaen sobre él. Por ‘derechos’ se entiende el dominio, el usufructo, la habitación, las servidumbres, los censos, la hipoteca y el derecho de retracto.

El Registro de la Propiedad de Gavà da publicidad de los actos inscritos en él a través de la Nota Simple.


Nota Simple del Registro de la Propiedad de Gavà


¿Qué es la Nota Simple del Registro de la Propiedad?

La Nota Simple del Registro de la Propiedad de Gavà es un extracto sucinto del contenido de los asientos relativos a la finca, donde conste la identificación de la misma, la identidad del titular o titulares de los derechos inscritos sobre la misma, y la extensión, naturaleza y limitaciones de éstos. Asimismo, se harán constar las prohibiciones o restricciones que afecten a los titulares o derechos inscritos.

La Nota Simple del Registro de la Propiedad de Gavà es un documento en el que se recogen diferentes aspectos de la situación jurídica de un bien inmueble determinado.

Los aspectos que recoge la nota simple del registro de la propiedad tienen que ver con:

  • La titularidad: El nombre del titular o titulares, y la forma de la titularidad. Conocer el propietario del inmueble, además de la participación de la finca en posibles zonas comunes.
  • Cargas: Información sobre posibles cargas, si la vivienda está hipotecada o tiene algún tipo de embargo. Las cargas que tenga el bien inmueble pasan a ser responsabilidad del nuevo propietario.
  • Descripción: Información acerca de las características de la finca, como su localización, la superficie útil y construida, la parcela, la división horizontal o el número de referencia catastral. Además, deberá constar si se dispone de algún tipo de régimen especial, como la protección pública.

Con la Nota Simple sabrá la situación en que se encuentra actualmente cualquier inmueble de Gavà.

La Nota Simple es el documento que contiene la información inscrita en el Registro de la Propiedad de Gavà sobre un determinado bien inmueble.

¿Cómo obtener una Nota Simple por Internet?

Para obtener una nota simple de un inmueble de Gavà por internet, tan sólo tiene que rellenar un formulario con los siguientes datos:

Una vez recibida la solicitud, le enviaremos la nota simple del Registro de la Propiedad de Gavà por email en un plazo máximo de 8 horas laborales.

El plazo normal de entrega es de 4 o 5 horas laborales, pero puede demorarse hasta 8 horas.

Usted recibirá la Nota Simple directamente en el email que indique en un archivo PDF.

Para obtener la Nota Simple del Registro de la Propiedad de Gavà de forma rápida y segura rellene el siguiente formulario:

>>> Solicitar Nota Simple del Registro de la Propiedad

¿Para qué pedir una Nota Simple al Registro de la Propiedad?

Pedir una Nota Simple al Registro de la Propiedad de Gavà tiene un valor meramente informativo, pero al mismo tiempo puede servir para conocer detalles relevantes sobre un bien inmueble, como quién es su verdadero propietario o si cuenta con cargas de las que no se tenía constancia. Además, a la hora de tasar una vivienda para pedir una hipoteca, el tasador pedirá la nota simple, con fecha de validez menor a tres meses.

La Nota Simple es el documento informativo más utilizado y exigido por las entidades bancarias a la hora de conseguir financiación. Nos ofrece información acerca de toda la realidad que abarca a un bien inmueble de Gavà:

  • Descripción detallada de la finca
  • Ubicación exacta de la misma
  • Nombre y apellidos de los propietarios actuales
  • Número de cargas que existen sobre el bien en caso de haberlas
  • Avisos varios de especial relevancia

La Nota Simple es muy práctica y tiene múltiples usos:

  • Compra o venta de inmuebles: Si quiero comprar una propiedad en Gavà, me gustaría verificar si la propiedad tiene cargos, gravámenes, servidumbres o gravámenes en su contra.
  • Préstamos: Tal vez un propietario necesita fondos y solicita un préstamo contra la propiedad. El prestamista verificará qué porcentaje de la propiedad posee o si es de dominio libre y si hay otras deudas o cargos en su contra.

Certificado de inmueble

El certificado del Registro de la Propiedad de Gavà comprende la última titularidad de dominio que se encuentre vigente y todas las cargas o gravámenes existentes sobre la finca, y que estén vigentes.

El Certificado de Inmueble contiene el dominio o titularidad y todas las cargas o gravámenes existentes sobre la finca que estén vigentes. A diferencia de lo que sucede con las notas simples, el certificado es un documento público que da fe, en juicio y fuera de él, del contenido de los asientos del Registro de la Propiedad de Gavà. En cambio, las notas simples tienen simplemente un valor informativo.

>> Solicitar Certificado


Nota de Localización de Propiedades

Con la Nota de Localización de Propiedades puede conocer si una persona o empresa tiene propiedades en Gavà, o en qué los municipios de España.

La Nota de Localización también le indica los Registros donde están inscritas dichas propiedades, para si lo necesita posteriormente solicitar notas simples.

>>> Solicitar Nota de Localización de Propiedades


Inscripciones en el Registro de la Propiedad

¿Qué inscripciones se realizan en el Registro de la Propiedad de Gavà?

La primera inscripción que hay que realizar en el Registro es la de dominio o propiedad del bien inmueble, posteriormente se inscribirán los siguientes actos o contratos que afecten a dicho bien inmueble.

Dichas inscripciones se realizan mediante el asiento de presentación, asiento de inscripción, anotación preventiva, nota marginal y cancelación, la que corresponda en cada momento.

Puede solicitar inscripciones en el Registro la persona que adquiere el bien inmueble o finca, la que lo transmite o el representante legal de cualquiera de ellos.

Para poder realizar las inscripciones de los títulos, actos o contratos deben estar consignados en escritura pública o documento expedido por autoridad judicial o de gobierno.

Antes de inscribir algo en el Registro de la Propiedad de Gavà ha de acreditarse el pago de las impuestos relativos al acto o contrato que se pretende inscribir.

La presentación de algo en el Registro de la Propiedad de Gavà para su inscripción puede realizarse desplazándose al Registro, mediante fax o por vía telemática en la web registradores.org.

El Registrador de Gavà comprobará la legalidad de los documentos que se le presenten, así como la capacidad de la persona que se lo presente.

¿Qué bienes y derechos se inscriben en el Registro de la Propiedad?

Los bienes inmuebles y los derechos reales que recaigan sobre los mismos, sin distinción de la persona física o jurídica a que pertenezcan, y por tanto, los de las Administraciones públicas y los de las entidades civiles o eclesiásticas.

Los bienes inmuebles de dominio público también podrán ser objeto de inscripción.

Los actos y contratos que con diferentes nombres se conocen en las provincias en que rigen fueros especiales, y producen, respecto a los bienes inmuebles o derechos reales, cualquiera de los efectos indicados en el artículo anterior, estarán también sujetos a inscripción.

No son inscribibles la obligación de constituir, transmitir, modificar o extinguir el dominio o un derecho real sobre cualquier inmueble.

Las resoluciones judiciales que deben inscribirse conforme a lo dispuesto en el número 4 del artículo 2 de la Ley, no son sólo las que expresamente declaren la incapacidad de alguna persona para administrar sus bienes o modifiquen con igual expresión su capacidad civil en cuanto a la libre disposición de su caudal, sino también todas aquellas que produzcan legalmente una u otra incapacidad, aunque no la declaren de un modo terminante.

No serán inscribibles los bienes inmuebles y derechos reales a favor de entidades sin personalidad jurídica.

¿Por qué inscribir la compra de vivienda en el Registro de la Propiedad?

Cuando compramos una vivienda, son varios los trámites a los que debemos hacer frente. El último de ellos, pero no menos importante, es la inscripción en el Registro de la Propiedad de Gavà.

En la mayoría de los casos, este paso engloba tanto la inscripción de la compra como la inscripción de la hipoteca; y lejos de ser meras cuestiones burocráticas, la inscripción en el Registro de la Propiedad de Gavà supone una serie de garantías para el comprador.

Debes saber que la inscripción de la compra de vivienda en el Registro de la Propiedad de Gavà no se considera obligatoria por ley. Esto puede llevar a ciertas personas a pensar que no es necesaria o que es un dinero que podemos ahorrarnos. Nada más lejos de la realidad, la inscripción en el Registro supone una serie de garantías para el comprador que a continuación te explicamos:

  • Serás considerado como propietario único, siempre que una sentencia judicial no establezca lo contrario.
  • Quedarás protegido frente a los acreedores del vendedor, y podrás defenderte de cargas ocultas que puedan afectar a tu vivienda. Con esto último, nos referimos a obligaciones que pesan sobre la vivienda, y que pueden transmitirse al comprador. Si anteriormente a la compraventa acudes al Registro, podrás conocer si el inmueble tiene cargas y encontrar una solución antes de firmar la compraventa. Ejemplos de tipos de cargas que te puedes encontrar son los siguientes:
    • Hipoteca, que suele ser la carga más habitual. Debe ser cancelada antes de la compra del inmueble, a menos que, como compradores, decidamos subrogarnos en la hipoteca, todo ello con el consentimiento de la entidad bancaria correspondiente.
    • Anotación preventiva de embargo, que quiere decir que los bienes del vendedor están sujetos a un procedimiento de ejecución, y son garantía del pago de su deuda; de manera que este embargo vincula a los futuros propietarios de la vivienda.
    • Usufructo, servidumbre, etc. Cargas que suelen afectar al uso del inmueble. Por ejemplo, si existe una servidumbre de vistas, deberemos respetar cierta distancia respecto del vecino a la hora de construir. Es importante que nos informemos ante posibles limitaciones que afecten a la vivienda, por si éstas pueden causarnos alguna incomodidad en el futuro.
  • Podrás obtener protección judicial de tu derecho si éste fuera discutido por otros o en el caso de que se perturbe tu posesión.
  • Al inscribir la compra en el registro, nadie podrá adquirir ningún derecho sobre tu vivienda sin tu consentimiento previo.

¿Cómo inscribir la compra de vivienda en el Registro de la Propiedad?

Los documentos necesarios para inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad de Gavà son los siguientes:

  • Copia autorizada ante notario de la escritura pública de venta,
  • Impreso de Autoliquidación que justifique el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales correspondiente a tu comunidad autónoma,
  • Justificación de haber presentado el documento para el pago de la plusvalía municipal.

La manera de presentar dichos documentos puede ser o bien presencial, acudiendo a la Oficina del Registro de la Propiedad de Gavà; o de forma telemática por el notario ante el que se otorga la escritura. Respecto al plazo, suele ser de quince días hábiles desde la presentación.


Cambio de nombre de un inmueble en el Registro de la Propiedad

¿Cómo cambiar de nombre un inmueble en el Registro de la Propiedad?

Los cambios de nombre de los titulares de un inmueble se hacen ante el Registro de la Propiedad de Gavà, presentando la documentación pertinente en cada caso.

En cuanto al precio, este dependerá del valor de la vivienda. Es importante señalar que siendo este trámite un proceso similar en toda España, los costes derivados del mismo pueden variar de una comunidad autónoma a otra. A petición tuya, puedes obtener un presupuesto del registrador.

En general esta operación tiene asociados cuatro tipos de costes:

  • 1) Notarial, el coste de hacer la escritura
  • 2) Fiscal, el pago de los impuestos que corresponda
  • 3) Registral, el coste de hacer la inscripción
  • 4) De gestión, no obligatorio, en caso que desees pagar por la tramitación del impuesto e inscripción.

¿En qué casos procede cambiar de nombre un inmueble?

El cambio de nombre en la escritura de un inmueble es necesario en los siguientes casos

Por causa de compraventa:  

Los nuevos propietarios de un inmueble se preguntarán cuánto vale registrar una vivienda ya que son ellos los que deberán afrontar el pago del Registro de la Propiedad de Gavà.

La persona que vende debe ir al notario para obtener las escrituras y debe solicitar una copia simple de la escritura. Con esta se tramita el pago de la plusvalía municipal.

La persona que compra necesita una copia simple de la escritura para realizar el cambio de titular en el Catastro y en el Registro de la Propiedad de Gavà.

Por causa de donación:

Acudir al notario para obtener las nuevas escrituras con la transmisión de donación. Es necesario acotar que pueden estar exentas del impuesto de plusvalía las donaciones de padres a hijos, hijos a padres, matrimonio, abuelos a nietos y nietos a abuelos, dependiendo de la comunidad autónoma.

Por causa de herencia:

Solicitar en el notario la escritura de «aceptación de herencia», con ella acudir a la Oficina del Catastro y luego al Registro de la Propiedad de Gavà.


Cancelación de hipoteca en el Registro de la Propiedad

¿Cómo cancelar la hipoteca en el Registro de la Propiedad de Gavà?

Con frecuencia cuando vamos a vender nuestra vivienda nos encontramos con que en el Registro de la Propiedad de Gavà consta la inscripción de la hipoteca y ésta no ha sido cancelada pese a haber efectuado todos los pagos de la misma a lo largo de los años.

Para saber si un inmueble tiene registrada una hipoteca puede pedir una nota simple del Registro de la Propiedad sobre dicho inmueble:

Si han transcurrido más de 20 años desde que finalizamos los pagos de nuestra hipoteca no será necesario llevar a cabo los trámites de cancelación, ya que transcurrido ese tiempo, el Registro de la Propiedad de Gavà procederá automáticamente a la cancelación de la inscripción sin coste alguno.

En el supuesto de que no haya transcurrido ese plazo de 20 años o hayamos cancelado anticipadamente los pagos de nuestra hipoteca y queramos vender nuestra vivienda tendremos que proceder a solicitar la cancelación del asiento registral de la hipoteca en el Registro de la Propiedad.

Tenemos dos opciones para ello, o encargamos este trámite a la entidad financiera con la que firmamos la hipoteca o lo hacemos por nuestra cuenta. Si elegimos la primera de las opciones, pese a que las entidades bancarias están obligadas a realizarlo, lo normal es que el banco se lo encargue a una gestoría y nos cobre los gastos que ello conlleva. Ahorraremos tiempo y desplazamientos, pero nos costará un dinero.