Inscripción de derechos de propiedad y dominio


La inscripción de los derechos de propiedad y dominio es el asiento principal en el Registro de la Propiedad, mediante el cual se reconoce y protege legalmente quién es el titular de un inmueble y con qué derechos lo posee.

¿Qué significa inscribir el derecho de propiedad o dominio?

  • Es anotar en el Registro el título (escritura notarial, sentencia, etc.) que acredita la adquisición de un inmueble.

  • Se trata del derecho real pleno, es decir, el derecho a usar, disfrutar y disponer de un bien.

Títulos que pueden dar lugar a la inscripción

La propiedad puede adquirirse de varias formas, y en todos los casos el título debe presentarse en el Registro:

  1. Compraventa → escritura pública ante notario.

  2. Herencia → adjudicación hereditaria en escritura pública o testamento con partición.

  3. Donación → escritura pública de donación.

  4. Permuta, adjudicación, dación en pago, etc.

  5. Sentencia judicial firme → por ejemplo, en casos de usucapión, subasta judicial, divorcio.

  6. Inmatriculación → cuando se inscribe por primera vez una finca que no constaba en el Registro.

Documentos y trámites básicos

  1. Título público de adquisición (escritura notarial, sentencia, etc.).

  2. Liquidación de impuestos correspondientes (ITP, ISD, AJD, según el caso).

  3. Presentación en el Registro de la Propiedad competente (donde se ubica el inmueble).

  4. Pago de aranceles registrales.

Solicitar inscripción de derechos de propiedad y dominio en el Registro de la Propiedad

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