Inscripción de anotaciones preventivas en el Registro de la Propiedad


La anotación preventiva en el Registro de la Propiedad es un asiento registral provisional que sirve para dar publicidad y asegurar la eficacia de ciertos derechos, demandas o medidas cautelares sobre un inmueble, aunque todavía no se hayan consolidado de forma definitiva.

Se usa como medida de advertencia y protección frente a terceros, reservando prioridad en el Registro mientras se resuelve el procedimiento o se completa el título.


Características principales

  • Naturaleza provisional → no tiene vocación de permanencia, a diferencia de la inscripción.
  • Plazo de vigencia limitado → por regla general, 4 años (prorrogables en algunos casos).
  • Función cautelar → protege un derecho en trámite o pendiente de resolución.
  • Requiere título válido → normalmente mandamiento judicial, resolución administrativa o escritura notarial.

Principales supuestos de anotaciones preventivas

Por mandato judicial:

  • Embargos preventivos o ejecutivos → para asegurar el pago de deudas.
  • Demandas judiciales → sobre la propiedad o derechos reales de un inmueble.
  • Prohibiciones de disponer → acordadas por el juez.
  • Litigios sucesorios → anotación a favor de herederos hasta la adjudicación definitiva.

Por mandato administrativo:

  • Embargos administrativos → impuestos, deudas con la Seguridad Social, etc.
  • Expropiaciones forzosas en trámite.

Por título notarial:

  • Derecho de opción de compra → cuando se pacta y se lleva al Registro.
  • Arrendamientos inscribibles que aún no cumplen todos los requisitos para su inscripción definitiva.

Por defectos en la inscripción:

  • Anotación de suspensión o defecto subsanable → protege al presentante mientras corrige los errores en el título.


Documentación necesaria

  • Mandamiento judicial o administrativo.
  • Escritura notarial → si deriva de un contrato (ej. opción de compra). Escritura o documento notarial que informe de la inscripción.
  • Liquidación de impuestos → cuando proceda (AJD). Documento o justificante de liquidación de impuestos que ha pagado (ITP, AJD, ISD, según el caso).

Coste de la inscripción en el Registro

El coste de la inscripción de anotación preventiva en el Registro de la Propiedad es de 510€ + IVA.


Solicitud e inscripción en el Registro

  1. Recopile la documentación indicada.
  2. Una vez tenga toda la documentación, realice la solicitud y el pago que hay a continuación.
  3. Cuando recibamos la solicitud con la documentación, se procederá a realizar la inscripción de la anotación preventiva en el Registro de la Propiedad.
  4. Una vez terminada la inscripción se lo notificaremos.

Para solicitar la inscripción en el Registro de la Propiedad rellene el siguiente formulario:


Datos del inmueble

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Tamaño máximo de archivo: 64 MB.

    Datos del solicitante

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