Certificados tributarios


Certificados tributarios: para qué sirven y cómo obtenerlos


Qué son los certificados tributarios

Los certificados tributarios son documentos oficiales que emite la Agencia Tributaria, para acreditar ciertos hechos relacionados con la fiscalidad de las empresas y de los trabajadores por cuenta propia.

Estos documentos oficiales certifican ciertos hechos fiscales, que pueden servir a pymes y autónomos para ciertos trámites y gestiones.

Un certificado tributario es un documento expedido por la Administración tributaria que acredita hechos relativos a la situación tributaria de una persona obligada tributaria.

Los certificados tributarios pueden acreditar, entre otras circunstancias, la presentación de declaraciones, autoliquidaciones y comunicaciones de datos o hechos concretos contenidos en estas, la situación censal, el cumplimiento de obligaciones tributarias y la existencia o inexistencia de deudas o sanciones pendientes de pago que consten en las bases de datos de la Administración tributaria.


Tipos de Certificados Tributarios

Los certificados más comunes son:

También se pueden solicitar certificados tributarios a Hacienda para confirmar la presentación y datos sobre las Declaraciones de:

En el primero de los casos obtendremos un documento oficial que confirma el resultado de la declaración del Impuesto de Sociedades presentado por una corporación (modelo 200). En el segundo los datos de IRPF, para autónomos. Y por último una confirmación de los datos declarados a nivel de IVA, a solicitar tanto por autónomos como por pymes. Incluye en los tres casos la declaración o el importe de base imponible que corresponda al ejercicio solicitado.

Todos los Certificados

Censales

Declaraciones Tributarias

Situación Tributaria

Contratistas y subcontratistas

Resto de Certificados / Certificados genéricos

Todos los certificados citados son expedidos por Hacienda, quien avisa de que tienen una validez de doce meses desde su fecha de expedición. Y, lógicamente, siempre y cuando no se produzcan variaciones que determinan cambios en el hecho previamente certificado. Si se trata de obligaciones no periódicas la validez se reduce a tres meses.

Las certificaciones que podrán ser solicitadas a la Agencia Tributaria son:

  • IRPF
  • Autoliquidaciones
  • IVA
  • Impuesto sobre Sociedades
  • Resumen modelo 190
  • Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias para contratar con el sector público
  • Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias para obtener autorizaciones de transporte
  • Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias para obtener subvenciones públicas
  • Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias para obtener autorizaciones de trabajo/residencia por extranjeros
  • Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias (Genérico)
  • Actividades económicas. Altas/Bajas
  • Residencia fiscal
  • Identificación censal
  • De Operador Intracomunitario
  • De Operador Intracomunitario-Histórico (Altas/Bajas)
  • Condición de sujeto pasivo de IVA
  • Exención del Impuesto sobre Sociedades
  • Exoneración de retención a arrendadores de inmuebles
  • Contratistas y subcontratistas
  • Importe Neto Cifra Negocios (IAE)
  • Autoliquidaciones periódicas
  • Autoliquidaciones de ingreso
  • Entidades sin fines lucrativos. Ley 49/2002
  • Certificados de ingresos realizados (Autoliquidaciones)
  • Certificados de deuda pendiente
  • Certificados de sucesión de actividad