Inscripciones para empresarios individuales o autónomos
La inscripción de empresarios individuales o autónomos en el Registro Mercantil no es obligatoria, pero se pueden inscribir los siguientes hechos:
- Información de identificación: Datos personales del empresario y su empresa.
- Poderes generales y especiales: Inscripción de poderes otorgados a terceros para actuar en nombre del empresario, así como modificaciones, revocaciones o sustituciones.
- Apertura y cierre de sucursales: Inscripción de la apertura y cierre de sucursales del empresario individual.
- Declaraciones judiciales: Inscripción de declaraciones judiciales que modifiquen la capacidad del empresario individual.
- Concursos de acreedores: Inscripción de concursos de acreedores del empresario individual.
- Capitulaciones matrimoniales y resoluciones judiciales: Inscripción de capitulaciones matrimoniales y resoluciones judiciales sobre separación, divorcio o nulidad.