El Registro de Bienes Muebles tiene por objeto la publicidad de los hechos, actos y contratos relativos a bienes muebles, así como de determinadas resoluciones judiciales o administrativas referentes a los mismos.
En el Registro de Bienes Muebles se inscriben la propiedad y los gravámenes sobre bienes muebles, y consta de seis secciones:
- Sección de buques y aeronaves.
- Sección de automóviles y otros vehículos de motor.
- Sección de maquinaria industrial, establecimientos mercantiles y bienes de equipo.
- Sección de otras garantías reales (hipoteca, prenda, etc… sobre bienes muebles).
- Sección de otros bienes muebles registrables.
- Sección del Registro de Condiciones Generales de la Contratación, que son las cláusulas que una de las partes impone en un contrato (por ejemplo, contratos de los consumidores con los Bancos, con las compañías de luz, gas, etc., en los que no se negocian las condiciones sino que simplemente se aceptan o no por una de las partes).
Pueden ser objeto de inscripción en el Registro de Bienes Muebles todo tipo de bienes muebles identificables como aquellos que son objeto específicamente de cada una de las Secciones del registro (buques, aeronaves, automóviles maquinaria industrial, etc) y también otros como obras de arte, joyas, etc.
En el Registro de Bienes Muebles se inscriben, por ejemplo, los contratos de venta a plazos de bienes muebles, los contratos de arrendamiento financieros (leasing) sobre bienes muebles, otros contratos como el renting, así como las hipotecas sobre bienes muebles, prenda, anotaciones de embargo y demanda sobre los bienes, etc.