Registro Civil de La Hija de Dios


Contacto con el Registro Civil de La Hija de Dios

Datos de contacto del Registro Civil de La Hija de Dios:

  • Dirección: Calle Carretera 4
  • Localidad: La Hija de Dios
  • Provincia: Ávila
  • Teléfono: 920296599
  • Fax: 920296599
  • Horario al público: De lunes a viernes de 09:00 a 14:00 h.

Trámites frecuentes con el Registro Civil de La Hija de Dios


Otros trámites y gestiones con el Registro Civil de La Hija de Dios



¿Qué es el Registro Civil de La Hija de Dios?

El Registro Civil de La Hija de Dios es un grupo administrativo o servicio público, encargado de dejar constancia de los hechos o actos relativos al estado civil de las personas físicas, así como otros que las leyes le encomienden.

En el Registro Civil se inscriben los nacidos, la filiación, el nombre y apellido de las personas, los fallecimientos reales o presuntos, los matrimonios. Así mismo, puede corresponderle, según el país, el registro de las guardas, la patria potestad, las emancipaciones, las nacionalizaciones y el registro de profesionales.

El Registro Civil de La Hija de Dios  es un organismo administrativo público del Ministerio de Justicia encargado de dejar constancia de los hechos o actos relativos al estado civil de las personas físicas. En el Registro Civil se inscriben los nacimientos, los fallecimientos y los matrimonios.

A través de los correspondientes documentos, el Registro Civil hace pública la información registrada sobre los hechos civiles ocurridos en España.


Naturaleza y contenido del Registro Civil

El Registro Civil es un registro público dependiente del Ministerio de Justicia. Todos los asuntos referentes al Registro Civil están encomendados a la Dirección General de los Registros y del Notariado.

Los Encargados del Registro Civil deben cumplir las órdenes, instrucciones, resoluciones y circulares del Ministerio de Justicia y de la Dirección General de los Registros y del Notariado.

El Registro Civil de La Hija de Dios tiene por objeto hacer constar oficialmente los hechos y actos que se refieren al estado civil de las personas y aquellos otros que determine la presente Ley.

El contenido del Registro Civil está integrado por el conjunto de registros individuales de las personas físicas y por el resto de las inscripciones que se practiquen en el mismo conforme a lo previsto en la presente Ley.


Competencias generales del Registro Civil de La Hija de Dios

En el Registro Civil de La Hija de Dios constarán los hechos y actos inscribibles que afectan a los españoles y los referidos a extranjeros, acaecidos en territorio español.

Igualmente, se inscribirán los hechos y actos que hayan tenido lugar fuera de España, cuando las correspondientes inscripciones sean exigidas por el Derecho español.


Funciones del Registro Civil

Las funciones del Registro Civil de La Hija de Dios son diversas. Se encarga de regular los hechos que conciernen al estado civil de las personas físicas, tales como los nacimientos, matrimonios y defunciones. Depende directamente del Ministerio de Justicia y fue creado en 1870.

En el Registro Civil de La Hija de Dios se inscribe:

  • El nacimiento
  • La filiación
  • El nombre y apellidos
  • La emancipación y habilitación de edad
  • Las modificaciones judiciales de la capacidad de las personas o que éstas han sido declaradas en concurso, quiebra o suspensión de pagos
  • Las declaraciones de ausencia o fallecimiento
  • La nacionalidad y vecindad, La patria potestad, tutela y demás representaciones que señala la Ley
  • El matrimonio
  • La defunción.

Para definir su misión citaremos el Artículo 2 de la Ley del Registro Civil, vigente desde 1957:

“El Registro Civil de La Hija de Dios constituye la prueba de los hechos inscritos. Sólo en los casos de falta de inscripción o en los que no fuere posible certificar del asiento se admitirán otros medios de prueba; pero en el primer supuesto será requisito indispensable para su admisión que, previa o simultáneamente, se haya instado la inscripción omitida o la reconstitución del asiento.”

Se trata pues de una inscripción registral. Una prueba legal. Un dato que implicar “dar fe”. Una garantía, seguridad y refuerzo sobre una situación. Al inscribirse en el registro se convierte en una verdad oficial con presunción iuris tantum.

Estos hechos atañen a los españoles y los acontecidos en territorio español.


Organización del Registro Civil

El Registro Civil es público y se compone de los siguientes registros:

Se entiende que el Registro Civil es imprescindible y a partir de el nacen otros como los padrones municipales, Seguridad Social, Hacienda y  la identificación a través del DNI.

La nueva Ley de 2011 abandona la preocupación por la constatación territorial de los hechos concernientes a las personas, remplazándolo por un modelo muy diferente que prioriza el historial de cada individuo. Por tanto, esta Ley elimina el tradicional sistema de división del Registro Civil en Secciones para crear un registro individual de cada individuo.

Esta Ley, establece por tanto, que se diseñe un Registro Civil único para toda España, informatizado y accesible electrónicamente, configurándose como una base de datos única, con un registro electrónico, en el que se practican asientos informáticos, que organiza la publicidad y da fe de los hechos y actos del estado civil.


Publicidad del Registro Civil de La Hija de Dios 

El Registro Civil de La Hija de Dios es público para quienes tengan interés en conocer los asientos, salvo en los siguientes casos, que impiden que se dé publicidad sin autorización especial

  • De la filiación adoptiva o desconocida o de circunstancias que descubran tal carácter y del cambio del apellido Expósito u otros análogos o inconvenientes.
  • De la rectificación del sexo.
  • De las causas de privación o suspensión de la patria potestad.
  • De los documentos archivados, en cuanto a los extremos citados en los números anteriores o a circunstancias deshonrosas o que estén incorporados en expediente que tenga carácter reservado.
  • Del legajo de abortos.
  • De los cambios de apellidos autorizados conforme a lo previsto en el párrafo tercero del artículo 208 de este Reglamento.

La publicidad se realiza:

  • Por manifestación y examen de los libros, previa autorización de su Encargado.
  • Por certificación de los asientos: Las certificaciones del Registro Civil de La Hija de Dios son gratuitas y no están sometidas a ninguna tasa o derecho

El Registro Civil hace pública la información en el contenida a través de los siguientes documentos:

Certificado de nacimiento

Un certificado de nacimiento, registro de nacimiento, partida de nacimiento o acta de nacimiento es un registro vital que documenta el nacimiento de una persona.

El término “certificado de nacimiento” puede referirse al documento original que certifica las circunstancias del nacimiento o a una copia certificada o representación del registro subsiguiente de ese nacimiento. Dependiendo de la jurisdicción, un registro de nacimiento puede o no contener la verificación del evento por parte de una partera o un médico.

>>> Más información sobre el Certificado de Nacimiento

Certificado de matrimonio

El certificado de matrimonio es el documento expedido por el Encargado del Registro Civil de La Hija de Dios, que hace fe del acto del matrimonio y de la fecha hora y lugar en que acontece (art. 69 LRC)

Así mismo, podrán expedirse certificaciones electrónicas de matrimonio con sello electrónico de la  Dirección General de los Registros y del Notariado a partir de los datos contenidos en la base central de datos de las personas inscritas en los Registros Civiles.

>>> Más información sobre el Certificado de Matrimonio

Certificado de defunción

El certificado de defunción es el documento oficial que acredita el fallecimiento de la persona, fecha y lugar en que se produjo.

Es fundamental para solicitar la pensión del cónyuge o para acceder a la herencia.

Existen Certificados de Defunción Positivos y Certificados de Defunción Negativos.

>>> Más información sobre el Certificado de Defunción


¿Qué se inscribe en el Registro Civil?

En el Registro Civil de La Hija de Dios se inscriben:

  • El nacimiento.
  • La filiación.
  • El nombre y apellidos y cambios sobre los mismos.
  • La emancipación y habilitación de edad.
  • Las modificaciones judiciales de la capacidad de las personas o que éstas han sido declaradas en concurso, quiebra o suspensión de pagos.
  • Las declaraciones de ausencia o fallecimiento.
  • La nacionalidad y vecindad.
  • La patria potestad, tutela y demás representaciones que señala la Ley.
  • El matrimonio.
  • La defunción.

¿Cuánto cuesta inscribir en el Registro Civil?

Son enteramente gratuitos los asientos del Registro Civil, las licencias de enterramiento y los expedientes relativos al Registro Civil.

Efectos de la inscripción en el Registro Civil.

El Registro Civil de La Hija de Dios constituye la prueba de los hechos inscritos. Sólo en los casos de falta de inscripción o en los que no fuera posible certificar (obtener certificación) el asiento se admitirán otros medios de prueba, pero en el primer supuesto será requisito indispensable para su admisión que, previa o simultáneamente, se haya instado la inscripción omitida o la reconstitución del asiento.

Inscripción de matrimonio en el Registro Civil

La inscripción hace fe del acto del matrimonio y de la fecha, hora y lugar en que se contrae.

Es el medio de prueba de que el matrimonio se ha realizado, siendo ésta el título que legitima el estado civil de casado.

El matrimonio desde su celebración produce efectos civiles, y para el pleno reconocimiento de los mismos será necesario su inscripción en el Registro Civil.

>>> Más información

Inscripción nacimiento en el Registro Civil de La Hija de Dios 

Se entiende por nacimiento o alumbramiento, el momento en el que una persona tiene vida propia, independiente fuera del seno materno.

El nacimiento determina la personalidad pudiendo ser sujeto de derechos y deberes desde el entero desprendimiento del seno materno.

La inscripción de nacimiento es el asiento registral, extendido por el encargado del Registro Civil de La Hija de Dios, que hace fe del hecho del nacimiento, de la fecha, hora y lugar en que tuvieron lugar, del sexo y, en su caso, de la filiación del inscrito. La filiación determina los apellidos del inscrito

El nacimiento produce efectos civiles desde que tiene lugar, pero para el pleno ejercicio de los mismos es necesaria su inscripción en el Registro Civil.

>>> Más información

Inscripción de defunción en el Registro Civil

Es el medio por el que se da fe del fallecimiento de una persona (fecha, hora y lugar en que acontece).

El fallecimiento produce efectos civiles desde que tiene lugar, pero para el pleno reconocimiento de los mismos es necesaria su inscripción en el Registro Civil.

>>> Más información

Inscripción de nacionalidad en el Registro Civil

La adquisición de la nacionalidad exige la residencia de la persona en España durante diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.

>>> Más información


¿Cuáles son los órganos del Registro Civil?

Institucionalmente el Registro Civil es único.

Conforme al artículo 10 de la Ley del Registro Civil, el Registro Civil está integrado por los Registros Municipales a cargo del Juez de 1ª Instancia, asistido del Secretario, por los Registros Consulares, a cargo de los Cónsules de España en el extranjero y por el Registro Civil Central.

Los Registro Civil Municipales Principales son 431. De ellos 16 son exclusivos dedicados únicamente a tareas de Registro Civil. El resto se encuentra a cargo de un Juez de 1ª Instancia asistido por un secretario que realizan actividades registrales de forma parcial.

Los Juzgados de Paz, actuando asimismo como Registros Civiles Municipales Delegados. En la actualidad existen 7.667.

En cada demarcación consular existe una oficina del Registro Civil. En la actualidad existen 177.

¿Cómo se organiza el Registro Civil?

El Registro Civil de La Hija de Dios se divide en cuatro secciones:

  • La primera, de Nacimientos y general;
  • La segunda, Matrimonios;
  • La tercera, Defunciones;
  • La cuarta, Tutelas y representaciones legales.

¿Qué Registro es competente en cada caso?

Los nacimientos, matrimonios y defunciones han de inscribirse en el Registro del lugar en que ocurren. Es decir, los nacimientos, matrimonios y defunciones ocurridos en el municipio de La Hija de Dios han de inscribirse en el Registro Civil de La Hija de Dios. Si se desconoce dicho lugar, la inscripción de nacimiento o defunción se hará en el Registro correspondiente a aquel en que se encuentre el niño abandonado o el cadáver.

Para la inscripción de los nacimientos, matrimonios y defunciones ocurridos en el curso de un viaje será competente el del lugar en que se dé término al mismo. Si se tratare de fallecimiento, el del lugar donde haya de efectuarse el enterramiento o, en su defecto, el de primera arribada.

No obstante lo anterior, los nacimientos acaecidos en territorio español, cuando su inscripción se solicite dentro del plazo, podrán inscribirse en el Registro Civil Municipal correspondiente al domicilio del progenitor o progenitores legalmente conocidos.

La solicitud se formulará, de común acuerdo, por los representantes legales del nacido o, en su caso, por el único representante legal de éste, acompañándose a la petición la documentación reglamentariamente establecida para justificar el domicilio común de los padres o del solo progenitor conocido.

En las inscripciones de nacimiento extendidas como consecuencia de lo establecido en este apartado, se considerará a todos los efectos legales que el lugar del nacimiento del inscrito es el municipio en el que se haya practicado el asiento. Las certificaciones en extracto sólo harán mención de este término municipal.

También es competente el Registro Civil de La Hija de Dios cuando se trate de la inscripción del nacimiento por adopción o adquisición de la nacionalidad española a que se refieren expresamente los apartados 3 y 4 del artículo 16 de la Ley del Registro Civil.


Más información del Registro Civil de La Hija de Dios

Información general del Registro Civil de La Hija de Dios:

Estructura y dependencia del Registro Civil:

Títulos que acceden al Registro Civil. Control de legalidad:

Los asientos registrales:

Hechos y actos inscribibles en el Registro Civil de La Hija de Dios:

Publicidad del Registro Civil:

Régimen de recursos:

Los procedimientos registrales:


Otros Registros Civiles