¿Qué es la inscripción de la nacionalidad y de la vecindad civil?
La adquisición de la nacionalidad española por residencia, carta de naturaleza y opción, así como su recuperación y las declaraciones de voluntad relativas a la vecindad, se inscribirán en el registro individual. Estas inscripciones tendrán carácter constitutivo.
No podrá inscribirse la nacionalidad española adquirida por cualquiera de las vías que reconoce el ordenamiento jurídico si no se ha efectuado la inscripción previa de nacimiento.
La inscripción de la pérdida de la nacionalidad tendrá carácter meramente declarativo.
A continuación puede solicitar inscripción de la nacionalidad y de la vecindad civil: