¿Cómo obtener el certificado del Catastro?


¿Cómo obtener el certificado del Catastro?

El certificado del Catastro es la identificación que tiene que tener de forma obligatoria todos los bienes que son inmuebles. En el mismo aparecen los datos jurídicos, económicos y físicos donde se identifica la información catastral inmobiliaria.

Obtener certificación catastral

Este certificado puedes obtenerlo a través de Internet o de forma presencial.

Si lo solicitas por Internet, estos son los pasos que debes seguir:

  • Abre el navegador de Internet Explorer o Google Chrome, solo tienes que poner el número de DNI en la barra buscadora. Se tiene que tener el certificado electrónico de identificación.
  • Debes buscar certificado catastral telemático en Google.es.
  • Una vez dentro, selecciona la opción que dice producto
  • Cuando estas es la opción de productos, tienes que ubicar la opción que dice certificaciones literales y luego selecciona acceso con certificado.
  • Ahora, dentro de inmuebles, pulsa Búsqueda por NIF/NIE
  • Seguidamente aparecerá un aviso de certificación electrónico de identificación o DNI electrónico.
  • Elige el certificado que te corresponde y acepta la opción correspondiente.
  • Introduce la clave y la contraseña en la casilla correspondiente.
  • Después debes poner la información personal y lo demás que pide la página y después presiona el botón aceptar.
  • En la pantalla se mostrara toda la información que se tiene sobre la propiedad, presiona el botón que dice Certificación de todos los bienes donde se tiene la información PDF.
  • Ya con la información en PDF se descarga la información y ya tienes la información catastral.

Para solicitar el certificado de forma presencial, estos son los pasos a seguir:

  • Localiza la oficina de Gerencia Regional de Catastro o la Dirección del catastro.
  • Indicar al personal que vas pedir el Certificado Catastral.
  • Entrega el Documento Nacional de Identificación (DNI) para solicitar el documento.
  • Contesta las preguntas que te hace el personal que te atiende.
  • Espera que la persona que te atiende te entregue el certificado y eso sería todo.

¿Qué validez tiene?

La Certificación catastral tendrá una validez de un año desde la fecha de su expedición siempre que durante ese plazo no se produzcan modificaciones en las circunstancias determinantes de su contenido.


Trámites y gestiones con el Catastro

Obtener certificación catastral


Certificaciones catastrales

Las certificaciones o certificados catastrales son documentos que acreditan los datos físicos, jurídicos y económicos de lo bienes inmuebles que constan en el Catastro Inmobiliario, o bien la inexistencia de tales datos.

El certificado catastral es un documento que acredita los datos protegidos del inmueble: nombre, apellidos, razón social, código de identificación y domicilio de quienes figuren inscritos como titulares, así como el valor catastral y los valores catastrales del suelo.

Existen distintos tipos de certificaciones catastrales:

Las certificaciones catastrales descriptivas y gráficas contienen, además de los datos básicos de carácter físico, jurídico y económico del bien inmueble a que se refieren, su representación gráfica. De acuerdo con la normativa catastral, este tipo de certificaciones deberán incorporarse en todos los documentos autorizados por notarios en los que se contengan hechos, actos o negocios jurídicos que puedan dar lugar a modificaciones en el Catastro Inmobiliario (cambios de titularidad, alteraciones físicas de los bienes inmuebles, etc), así como al Registro de la Propiedad en los supuestos previstos por la Ley.

Las certificaciones catastrales literales, que contienen datos alfanuméricos sobre los bienes inmuebles (titularidad, localización, referencia catastral, superficie, uso, cultivos, antigüedad, valor catastral, etc), que a su vez pueden ser:

Cuando las certificaciones catastrales contengan datos protegidos, es decir, los que hacen referencia a la titularidad o al valor catastral, solamente podrán ser solicitados por los titulares catastrales de cada inmueble. Asimismo pueden ser solicitadas por:

  • Quienes cuenten con el consentimiento expreso y por escrito de los titulares catastrales de cada inmueble.
  • Los titulares catastrales de las parcelas colindantes, excepto al valor catastral.
  • Los titulares o cotitulares de derechos de trascendencia real o de arrendamiento o aparcería que recaigan sobre los bienes inmuebles inscritos en el Catastro
  • Los herederos o sucesores respecto a los bienes inmuebles del causante o transmitente que figuren inscritos en el Catastro