Una finca registral es la unidad mínima de propiedad inscrita en el Registro de la Propiedad en España.
Se refiere a un bien inmueble concreto (como una vivienda, un local, un terreno o una plaza de garaje), tal como está definido jurídicamente y registrado oficialmente.
Características clave de una finca registral:
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Identificación única:
Cada finca tiene un número registral único dentro del Registro de la Propiedad correspondiente. No hay dos iguales. -
Información asociada:
La finca registral contiene datos como:-
Descripción física (superficie, ubicación, linderos).
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Titularidad (quién es el propietario legal).
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Cargas o gravámenes (hipotecas, servidumbres, embargos).
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Derechos reales inscritos (usufructo, nuda propiedad, etc.).
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Independiente jurídicamente:
Cada finca es una entidad jurídica propia. Por ejemplo, un piso, su garaje y su trastero pueden estar registrados como fincas distintas, aunque se vendan juntas. -
Diferente del Catastro:
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La finca registral se inscribe en el Registro de la Propiedad (para seguridad jurídica).
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La referencia catastral se gestiona en el Catastro (para fines fiscales).
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A veces no coinciden exactamente, aunque deberían estar coordinadas.
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Ejemplo práctico:
Imagina un edificio dividido por división horizontal:
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Piso 1ºA → finca registral nº 1025.
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Garaje nº 15 → finca registral nº 1040.
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Trastero nº 3 → finca registral nº 1041.
Cada uno de esos espacios tiene su propio número de finca y se pueden vender, hipotecar o heredar por separado.
Trámites sobre inmuebles y fincas registrales
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