Registros de la Propiedad de Cádiz


Registros de la Propiedad de la Provincia de Cádiz

A continuación puede ver todos los Registros de la Propiedad de la provincia de Cádiz ordenados alfabéticamente:


Trámites con los Registros de la Propiedad de Cádiz

Puede realizar online los siguientes trámites con el Registro de la Propiedad:

Nota Simple de Inmueble

Nota de Localización de Propiedades

Certificado de Inmueble


Horario del Registro de la Propiedad

El horario del Registro de la Propiedad es de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas.


Registro de la Propiedad


A continuación se encuentran otros Registros de la Propiedad de la provincia de Cádiz:

  1. Alcalá de los Gazules
  2. Alcalá del Valle
  3. Algar
  4. Algodonales
  5. Benalup-Casas Viejas
  6. Benaocaz
  7. Bornos
  8. Castellar de la Frontera
  9. El Bosque
  10. El Gastor
  11. Espera
  12. Grazalema
  13. Jimena de la Frontera
  14. Los Barrios
  15. Paterna de Rivera
  16. Prado del Rey
  17. Puerto Real
  18. Puerto Serrano
  19. San José del Valle
  20. Setenil de las Bodegas
  21. Tarifa
  22. Torre Alháquime
  23. Trebujena
  24. Vejer de la Frontera
  25. Villaluenga del Rosario
  26. Villamartín
  27. Zahara

Otros Registros de la Propiedad

A continuación están todos los Registros de la Propiedad de España con los datos de contacto de cada uno:

Registros de la Propiedad de España


¿Qué es el Registro de la Propiedad?

El Registro de la Propiedad es un registro donde se inscriben los bienes inmuebles que hay en su circunscripción y los derechos y las cargas fiscales que pesan sobre ellos.

El Registro de la Propiedad es una institución del Estado, un servicio público dependiente del Ministerio de Justicia que da respuesta a la necesidad de seguridad en el ámbito del mercado inmobiliario.

En España no es obligatorio inscribir las propiedades para que sean legalmente de su titular (salvo en el caso de las hipotecas que se deben registrar obligatoriamente); no es necesario, por ejemplo, que un local o vivienda aparezca en el Registro para formalizar un contrato de compra venta.

El Registro de la Propiedad no concede la titularidad legal de un inmueble, pero sí la hace pública. Es decir, si eres propietario de un local, una finca o vivienda y te inscribes como tal en el Registro te ahorrarás tiempo y trámites a la hora, por ejemplo, de venderla.

En el Registro de la Propiedad no sólo se inscribe el inmueble y el nombre de su dueño, también los derechos y las cargas que recaen sobre él. Por ‘derechos’ se entiende el dominio, el usufructo, la habitación, las servidumbres, los censos, la hipoteca y el derecho de retracto.

Gracias a la inscripción de un inmueble en el Registro de la Propiedad somos reconocidos oficialmente como propietarios. Podemos disponer de nuestro derecho, vendiendo o hipotecando, y cualquiera que tenga interés en comprar una casa o constituir sobre ella un derecho, podrá tener a su disposición toda la información necesaria para poder decidir en igualdad de condiciones y sin sobresaltos. Además, inscribiendo tenemos la seguridad de que nadie podrá privarnos de nuestro derecho o disponer de él de forma fraudulenta.

El objetivo del Registro de la Propiedad es dar publicidad de los actos inscritos y en consecuencia seguridad jurídica a la propiedad y futuros adquirentes de los inmuebles, ya que registrándolos, se informa a quienes lo consultan acerca del dominio y otros derechos reales o cargas que pesan sobre los mismos, minimizando riesgos de eventuales reivindicaciones.

El Registro de la Propiedad da publicidad de los actos inscritos en él a través de la Nota Simple.