Inscripción de resolución judicial que afecta a una propiedad


La inscripción de una resolución judicial que afecta a una propiedad en el Registro de la Propiedad consiste en hacer constar en los libros registrales los efectos de una sentencia, auto o decreto dictado por un órgano judicial, siempre que produzca modificaciones en la titularidad, extensión, cargas o limitaciones del derecho de propiedad.

La inscripción de resoluciones judiciales en el Registro de la Propiedad permite que los pronunciamientos de los tribunales sobre bienes inmuebles tengan plena eficacia frente a terceros, garantizando que la realidad registral se adapte a la realidad jurídica.


Supuestos frecuentes

Las resoluciones judiciales que pueden inscribirse son variadas, por ejemplo:

  • Sentencias declarativas de dominio → cuando se reconoce a alguien como propietario de un inmueble (usucapión, reivindicación, nulidad de compraventa, etc.).

  • Sentencias de división de cosa común → adjudicación de una finca a un copropietario.

  • Sentencias de nulidad o resolución de contratos → dejan sin efecto compraventas, donaciones, hipotecas.

  • Sentencias de ejecución → adjudicación de fincas en subasta judicial.

  • Embargos y anotaciones preventivas → acordados judicialmente.

  • Capitulaciones y liquidaciones de régimen matrimonial aprobadas judicialmente → adjudicación de bienes en divorcio.

  • Procedimientos de incapacitación, herencias yacentes, concursos, etc. → cuando afectan a la administración o titularidad de bienes.


Requisitos para la inscripción

  • Que la resolución judicial sea firme (salvo medidas cautelares → anotaciones preventivas).

  • Que identifique claramente la finca y los derechos afectados.

  • Que el procedimiento se haya dirigido contra el titular registral o con su consentimiento (principio de tracto sucesivo, art. 20 LH).


Contenido de la inscripción

El asiento reflejará:

  • Tipo de resolución (sentencia, auto, decreto).

  • Tribunal y procedimiento de origen.

  • Efecto sobre el derecho inscrito (adjudicación, cancelación, modificación, limitación…).

  • Titulares afectados.


Efectos de la inscripción

  • Publicidad registral → cualquier tercero conoce la modificación judicial sobre la finca.

  • Oponibilidad erga omnes → la resolución es eficaz frente a terceros.

  • Prioridad registral → se protege el derecho declarado judicialmente frente a actos posteriores.

  • Seguridad jurídica → evita contradicciones entre la realidad jurídica y registral.


Cancelación

Si la resolución judicial ordena dejar sin efecto un asiento (ej. anulación de una hipoteca o compraventa), el registrador procederá a la cancelación registral mediante el correspondiente mandamiento.


Documentación necesaria

  1. Sentencia o resolución judicial firme.
  2. Liquidación de impuestos correspondientes (ITP, AJD, ISD según el caso). Documento o justificante de liquidación de impuestos que ha pagado (ITP, AJD, ISD, según el caso).


Coste de la inscripción en el Registro de la Propiedad

El coste de la inscripción de de resolución judicial que afecta a una propiedad en el Registro de la Propiedad es de 510€ + IVA.


Solicitud e inscripción en el Registro

  1. Recopile la documentación indicada.
  2. Una vez tenga toda la documentación, realice la solicitud y el pago que hay a continuación.
  3. Cuando recibamos la solicitud con la documentación, se procederá a realizar la inscripción en el Registro de la Propiedad.
  4. Una vez terminada la inscripción se lo notificaremos.

Para solicitar la inscripción en el Registro de la Propiedad rellene el siguiente formulario:


Datos del inmueble

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