Registros de la Propiedad de Lugo


Registros de la Propiedad de la Provincia de Lugo

A continuación puede ver todos los Registros de la Propiedad que hay en la provincia de Lugo ordenados alfabéticamente:


Trámites con los Registros de la Propiedad de Lugo

Puede realizar online los siguientes trámites con el Registro de la Propiedad:

Nota Simple de Inmueble

Nota de Localización de Propiedades

Certificado de Inmueble


Horario del Registro de la Propiedad

El horario del Registro de la Propiedad es de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas.


Registro de la Propiedad


A continuación se encuentran otros Registros de la Propiedad de la provincia de Lugo:

  1. Abadín
  2. Alfoz
  3. Antas de Ulla
  4. Baleira
  5. Baralla
  6. Barreiros
  7. Begonte
  8. Bóveda
  9. Burela
  10. Carballedo
  11. Castro de Rei
  12. Castroverde
  13. Cervantes
  14. Cervo
  15. O Corgo
  16. Cospeito
  17. Folgoso do Courel
  18. Foz
  19. Friol
  20. Guitiriz
  21. Guntín
  22. O Incio
  23. Láncara
  24. Lourenzá
  25. Meira
  26. Monterroso
  27. Muras
  28. Navia de Suarna
  29. Negueira de Muñiz
  30. As Nogais
  31. Ourol
  32. Outeiro de Rei
  33. Palas de Rei
  34. Pantón
  35. Paradela
  36. O Páramo
  37. A Pastoriza
  38. Pedrafita do Cebreiro
  39. A Pobra do Brollón
  40. Pol
  41. A Pontenova
  42. Portomarín
  43. Rábade
  44. Ribas de Sil
  45. Ribeira de Piquín
  46. Riotorto
  47. Samos
  48. O Saviñao
  49. Sober
  50. Taboada
  51. Trabada
  52. Triacastela
  53. O Valadouro
  54. O Vicedo
  55. Xermade
  56. Xove

Otros Registros de la Propiedad

A continuación están todos los Registros de la Propiedad de España con los datos de contacto de cada uno:

Registros de la Propiedad de España


¿Qué es el Registro de la Propiedad?

El Registro de la Propiedad es un registro donde se inscriben los bienes inmuebles que hay en su circunscripción y los derechos y las cargas fiscales que pesan sobre ellos.

El Registro de la Propiedad es una institución del Estado, un servicio público dependiente del Ministerio de Justicia que da respuesta a la necesidad de seguridad en el ámbito del mercado inmobiliario.

En España no es obligatorio inscribir las propiedades para que sean legalmente de su titular (salvo en el caso de las hipotecas que se deben registrar obligatoriamente); no es necesario, por ejemplo, que un local o vivienda aparezca en el Registro para formalizar un contrato de compra venta.

El Registro de la Propiedad no concede la titularidad legal de un inmueble, pero sí la hace pública. Es decir, si eres propietario de un local, una finca o vivienda y te inscribes como tal en el Registro te ahorrarás tiempo y trámites a la hora, por ejemplo, de venderla.

En el Registro de la Propiedad no sólo se inscribe el inmueble y el nombre de su dueño, también los derechos y las cargas que recaen sobre él. Por ‘derechos’ se entiende el dominio, el usufructo, la habitación, las servidumbres, los censos, la hipoteca y el derecho de retracto.

Gracias a la inscripción de un inmueble en el Registro de la Propiedad somos reconocidos oficialmente como propietarios. Podemos disponer de nuestro derecho, vendiendo o hipotecando, y cualquiera que tenga interés en comprar una casa o constituir sobre ella un derecho, podrá tener a su disposición toda la información necesaria para poder decidir en igualdad de condiciones y sin sobresaltos. Además, inscribiendo tenemos la seguridad de que nadie podrá privarnos de nuestro derecho o disponer de él de forma fraudulenta.

El objetivo del Registro de la Propiedad es dar publicidad de los actos inscritos y en consecuencia seguridad jurídica a la propiedad y futuros adquirentes de los inmuebles, ya que registrándolos, se informa a quienes lo consultan acerca del dominio y otros derechos reales o cargas que pesan sobre los mismos, minimizando riesgos de eventuales reivindicaciones.

El Registro de la Propiedad da publicidad de los actos inscritos en él a través de la Nota Simple.