¿Qué pasa cuando el cliente no tiene NIF-IVA?


Si un cliente no tiene NIF-IVA y deseas trabajar con él tendrás que emitir una factura igual que si trabajaras con un cliente de tu territorio nacional y aplicarle el IVA. Es decir, no podrás aplicarle la exención del IVA porque es necesario que ambos estéis dados de alta en el ROI para ello.

Los clientes europeos que no sean VIES u operadores intracomunitarios no podrán beneficiarse de todas las ventajas que tiene una factura intracomunitaria. En estos casos, tendrán que realizar una factura de la misma forma que lo harías si fuera de un tercer país; por tanto, tendrías que aplicarle el IVA y sin ningún tipo de retención.