Inscripción del nacimiento en el Registro Civil


Inscripción de nacimiento:

  • 1. Son inscribibles los nacimientos de las personas, conforme a lo previsto en el artículo 30 del Código Civil.
  • 2. La inscripción hace fe del hecho, fecha, hora y lugar del nacimiento, identidad, sexo y, en su caso, filiación del inscrito.

Si necesita inscribir un nacimiento puede solicitarlo a continuación.

Desde e.Registros (RMA Gestiones) gestionamos lo que necesite con el Registro Civil.

Indique a continuación lo que quiere y contactaremos con el Registro Civil para tramitarlo.


Solicitar inscripción

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