Vehículos que deben pagar impuesto de circulación


Vehículos que deben pagar impuesto de circulación

Pese a lo anterior, sí hay vehículos que están exentos de pagar este impuesto como es el caso de los representantes diplomáticos, vehículos oficiales, vehículos diplomáticos, los de servicios sanitario, para personas de movilidad reducida con un grado igual o superior al 33%, maquinaria con cartilla para inspección agrícola y transporte urbano con más de nueve plazas.

A excepción de los casos anteriores, el resto de los vehículos legalmente deben abonar este impuesto de forma anual y obligatoria, considerando que se trata de una tasa fija, por lo que no se consideran aspectos como el modelo del vehículo.

Por otro lado, en lo que se refiere al procedimiento de pago, este impuesto debe ser satisfecho de forma individual por cada propietario de vehículo. Sin embargo, establecer una fecha exacta es un poco complicado porque el mismo se devenga desde el primer día del período impositivo (1 de enero), mientras que el período de pago exacto depende de forma exclusiva de cada comunidad en la cual resida el vehículo.

Es importante destacar que el impuesto siempre deberá ser pagado en la comunidad de residencia, por lo que no es posible hacer dicho pago en otras comunidades.

Así mismo, los ayuntamientos son los encargados de establecer la tarifa del impuesto de circulación, por lo que también resulta complejo determinar de forma exacta una única cifra. En lo que respecta a las opciones de pago, el propietario del vehículo cuenta con varias alternativas para el mismo.

A continuación, detallamos las más destacadas:

  • Abonar la tasa correspondiente al impuesto de circulación directamente en el ayuntamiento.
  • Abonar la tasa en el banco después de haber recibido la notificación o carta de pago por parte del ayuntamiento.
  • Domiciliar el pago del recibo que el pago se cargue de forma automática cada año en la cuenta del propietario.
  • Hacer el pago a través de otros canales de pago disponibles, como Internet o teléfono.

El propietario del vehículo dispone de varias formas y métodos de pago para el abono de este impuesto, siendo la opción de domiciliar el pago a la cuenta bancaria la alternativa más cómoda para el usuario.