¿Se puede recuperar el IVA soportado en facturas hechas en otros países miembros?


Es muy habitual que te tengas que desplazar a otros países de la Unión Europea para tus actividades comerciales. Durante este tiempo es posible que, por ejemplo, tengas que pernoctar en un hotel o gastos en transporte, entre otras actividades derivadas de tu actividad profesional. Todas estas facturas que generen tendrán IVA.

Este IVA se podrá recuperar, por supuesto, en las siguientes condiciones:

  1. Presentar el modelo 360 antes del 30 de septiembre del año siguiente.
  2. Se trata de un IVA que también sería deducible en España.
  3. Es realmente una factura relacionada directamente con tu actividad.

A todo esto hay que añadir que la solicitud de devolución hay que solicitarla por país.