¿Qué vehículos están exentos de pagar el impuesto de matriculación?
Los vehículos que tengan emisiones de menos de 120 g/km están exentos del impuesto. Además, la ley exime del pago de la deuda a los vehículos:
- Destinados a taxis, a alquiler o a autoescuelas.
- Que se matriculen por haber trasladado la residencia habitual a territorio español desde el extranjero.
- Para personas con movilidad reducida o a nombre de personas con discapacidad legalmente reconocida.
- Que tengan dos o tres ruedas, con una cilindrada de 250 cc. o superior.
- Los que utilizan las Fuerzas Armadas y los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.
- Que estén considerados como vehículos especiales.
- Usados para servicios diplomáticos o por miembros de la OTAN y personal dependiente.
- Que sean ambulancias.
- De vigilancia y socorro en carreteras y en autopistas.
- Utilizados para el transporte de mercancías o de viajeros de más de 9 plazas.
- Que únicamente tengan una aplicación científica o clínica, industrial, comercial o agraria. Para beneficiarse de la exención, deben estar homologados por la Administración Tributaria.
Además de las exenciones, se establecen reducciones a ciertos tipos de automóviles:
- Las autocaravanas disfrutan de una reducción del 30%.
- Los automóviles para familias numerosas que tengan una capacidad de entre 5 y 9 plazas, se ven beneficiados de una reducción del 50%.
También te puede interesar
¿Quiénes no están obligados a presentar una denuncia?
¿Qué es la inviolabilidad del domicilio?
Características del usufructo vitalicio
¿Qué es una detención ilegal?
Tipos de testamento y precio
¿Cuándo se creó Tribunal Supremo?
Usos de las letras de cambio
¿Qué es una Empresa de Trabajo Temporal (ETT)?
¿Cuándo se debe hacer la devolución de la fianza de un alquiler?
¿Qué es la legítima?