Modificación datos relativos a la relación de socios, miembros o partícipes en la AEAT


Casilla 139. Modificación datos relativos a la relación de socios, miembros o partícipes en la AEAT [Modelo 036]

La página 8 del modelo 036 se habrá cumplimentado inicialmente al presentar una declaración de alta, con solicitud de NIF por cualquier tipo de entidad.

La casilla 139 se marcará por las entidades incluidas en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de acuerdo con las siguientes reglas:

a) En el caso de personas jurídicas o entidades residentes o constituidas en España sujetas al Impuesto sobre Sociedades, cuando se produzcan variaciones relativas a los socios y la persona o entidad aún no disponga de NIF definitivo.

b) En el caso de entidades en régimen de atribución de rentas residentes o constituidas en España, o con presencia en territorio español:

  • Cuando se produzcan variaciones relativas a los miembros o partícipes, independientemente de que la entidad tenga o no NIF definitivo. Están exoneradas de comunicar la relación inicial de sus miembros o partícipes así como sus variaciones las comunidades de propietarios constituidas en régimen de propiedad horizontal.
  • Cuando tengan que comunicar la renuncia al régimen de estimación objetiva o a la modalidad simplificada del régimen de estimación directa en el IRPF o a los regímenes simplificado o de la agricultura, ganadería y pesca en el IVA (deben firmar todos los miembros) o la revocación de la renuncia (basta con que firme alguno).

c) En el caso de entidades que se constituyen con la finalidad específica de la posterior transmisión a terceros de sus participaciones, deberán comunicar en el plazo de un mes, desde la fecha de formalización de su transmisión, las modificaciones que se hayan producido respecto de los datos consignados en las declaraciones anteriores, incluidos los relativos a los socios, miembros o partícipes.